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    1a Tertulia-Coloquio de TRIAC

    Tema: Morosidad y listas negras
    Fecha: viernes 17 de abril de 1998
    Lugar: Bar Terra
    Ponentes: Josep Peñarroja
    (Presidente de la Asociación de Traductores
    e Intérpretes Jurados de Cataluña
    y socio de TRIAC)
    Rafael Dubra , abogado.

    El señor Peñarroja introdujo el tema, exponiendo lo ocurrido con la Asociación de Traductores e Intérpretes Jurados de Cataluña, que él preside, a raíz de un anónimo publicado en su boletín, en noviembre de 1995. En este anónimo se mencionaba, entre otros, a "un tal C., una especie de gángster" y sus "tarifas de mafia". El señor C. tuvo conocimiento del hecho y, sintiéndose injuriado, inició una acción judicial contra el señor Peñarroja. Finalmente, el delito prescribió.

    El señor Dubra aclaró de inmediato que calificar de gángster o mafiosa a una persona constituye delito y, de hecho, es mucho más grave que decir, simplemente, que no paga o que se retrasa en el pago. Y añadió que el delito de injuria no admite prueba en contrario.

    Con respecto a la creación de una base de datos con información sobre empresas que no pagan o que lo hacen con retraso (una "lista negra") comentó:

    • que la creación de un registro está regulada por ley y que, para incluir a una persona, hace falta su consentimiento expreso o tácito, que surge de una relación comercial.

    • que alguien se tiene que hacer responsable de esta información ante la agencia de protección de datos, indicando el uso y la difusión que se dará a la información.

    • que se debe notificar a las personas que se mencionen en el registro dentro de un plazo de treinta días, dándoles la oportunidad de rectificar.

    • que aparte de indicar que una persona no ha pagado, hay que mencionar también la dilación y que los datos económicos desfavorables sólo se pueden consevar durante seis años, a menos que se produzcan más casos de impagos.

    • que para crear una base de datos ya no hace falta tecnología tan sofisticada como hace unos años.

    • que una base de datos tiene más fuerza si corresponde a un colegio o una asociación profesional que a un particular.

    • que el incumplimiento de las normas que regulan las bases de datos puede dar lugar a multas de entre diez y cincuenta millones de pesetas.

    Entre otras cosas interesantes, comentó también que en el tráfico jurídico, la costumbre crea ley; es decir que si habitualmente un traductor acepta verbalmente un trabajo que se le encomienda, no hace falta un contrato por escrito para que exista la obligación de pagar. Así mismo, el hecho de emitir una factura, constituye un documento de prueba.

    Dijo también que se considera morosa a una persona si no paga una factura a partir del día siguiente de la fecha de su vencimiento; y que convendría que la fecha de vencimiento constara por escrito en la factura.

    Por último comentó la posibilidad de intercambiar este tipo de información entre traductores, siempre que no se haga de forma sistemática y, sobre todo, que no se entere la persona en cuestión...

    La tertulia contó con la participación activa de entre veinte y veinticinco personas que dialogaron con los ponentes y les hicieron muchas preguntas concretas. A continuación se sirvió un aperitivo y muchos nos quedamos charlando sobre los temas planteados y sobre la conveniencia de repetir este tipo de encuentros.

    Alejandra Devoto




Darrera modificació: 2 de juny de 1998

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© Albert Ràfols Sagués, 1997